La cuestion indígena en la CPE

Esta entrada va dirigida a los Diplomantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas "LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO.

La exposición del Módulo VIII. TIERRA TERRITORIO, MEDIOAMBIENTE, RECURSOS NATURALES su Licencia es CC; asi como la documentación adjunta que esta disponible en la web es de sus autores, y que las ponemos a su disposición para efectos investigativos y educativos.

En este tema en particular, coincidimos en que el desafió de combinar las garantias de la CPE con las acciones y tareas de Desarrollo nacional es harto dificil, máxime cuando existe la necesidad de consensuar estas con los actores sociales e institucionales, esta tarea recae principalmente en la Asamblea Plurinacional, convertida en “sucesor” natural de la Asamblea Constituyente para el proceso Post-Constituyente, en el particular caso que hoy nos convoca la Tierra y el Territorio, queremos afirmar también que:
“El gran desafío, en el marco del ámbito y las competencias del Órgano Legislativo Plurinacional, está esencialmente enmarcado en la articulación e integración de la estructura institucional (organización y normas concertadas) sobre tierra y territorio que en lo mínimo tiene como componentes: la tenencia de tierra; recursos naturales y medioambiente; innovación tecnológica; mercados; producción; productividad; estructuras socio organizativas; y otros. Todo con el propósito de hacer realidad la visión del Vivir Bien para todos los bolivianos y bolivianos.
En lo específico, el rol legislativo se circunscribe a la articulación de las demandas de la sociedad civil con los nuevos marcos legislativos que contribuyan a mejorar la relación con un modelo de desarrollo plurinacional, comunitario y equitativo acorde a la Constitución Política del Estado CPE, de acuerdo al Título II sobre medio ambiente, recursos naturales, tierra y territorio y vinculantes, bajo el marco de la visión integral y articulada de la tierra como el espacio de interacción de la humanidad y el territorio con todos los Recursos Naturales y Culturales disponibles para la convivencia armónica de las especies”.1

Ley 3545 de reconducción
Entre latifundistas y avasalladores
Normativa electoral para gobernaciones y municipios 2010

Las consultas y/o aportes son bien venidos.

Comentarios

  1. Abog. Milenca B. Pinto Flores

    La nueva Constitución Política del Estado reconoce como Principios, Valores y Fines del Estado la “tierra sin mal” para “vivir bien”, y sustenta estos valores de unidad, entre otros, en la “igualdad de oportunidades y la distribución y redistribución de los productos y bienes sociales”, entre los cuales se incluye la tierra y territorio entre las bases fundamentales del Estado.

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  2. Hablar deltema tierra territorio es de amplia validez en estos dias de transformacion y de cambio, dentro de un marco autonomico siguiendo el trazo que el actual gobierno nos refleja en el dia a dia, debemos conocer el territrio y lo que este produce para tener una mejor admistración dentro de cada necesidad y costumbre de cada region. DR. VLADIMIR ESCOBAR GISBERT

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  3. A los Diplomantes les recuerdo que HASTA HOY, a la media noche es el plazo fatal para realizar el trabajo del modulo VIII "TIERRA Y TERRITORIO".

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  4. http: //andinux.blogspot.com


    Dra. Ruth Villar Cardenas
    C.I. 2248092 L.P.
    Diplomado de la Nueva C.P.E.

    Los Recurso hídricos desde la “guerra del agua” Que de acuerdo al Art. 373 I. II., de la Nueva C.P.E. El agua se constituye un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía que reside del pueblo, sobre el Estado que se promoverá el uso y acceso del agua que es vital II. Estos recurso no podrá ser objetó de apropiaciones privadas, no serán consecionadas por este motivo están sujetos a un régimen de licencia y registro conforme a la nueva C.P.E. El estado también tiene tiene que proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida .

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  5. Dra. Ruth Villar Cardenas
    Diplomado de la Nueva C.P.E.

    Los Recurso hídricos desde la “guerra del agua” Que de acuerdo al Art. 373 I. II., de la Nueva C.P.E. El agua se constituye un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía que reside del pueblo, sobre el Estado que se promoverá el uso y acceso del agua que es vital II. Estos recurso no podrá ser objetó de apropiaciones privadas, no serán consecionadas por este motivo están sujetos a un régimen de licencia y registro conforme a la nueva C.P.E. El estado también tiene tiene que proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida etc.

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  6. Dra. Ruth Villar Cardenas
    Diplomado de la Nueva C.P.E.

    Los Recurso hídricos desde la “guerra del agua” Que de acuerdo al Art. 373 I. II., de la Nueva C.P.E. El agua se constituye un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía que reside del pueblo, sobre el Estado que se promoverá el uso y acceso del agua que es vital II. Estos recurso no podrá ser objetó de apropiaciones privadas, no serán consecionadas por este motivo están sujetos a un régimen de licencia y registro conforme a la nueva C.P.E. El estado también tiene tiene que proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida etc.

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  7. Dra. Ruth Villar Cardenas
    Diplomado de la Nueva C.P.E.

    Los Recurso hídricos desde la “guerra del agua” Que de acuerdo al Art. 373 I. II., de la Nueva C.P.E. El agua se constituye un derecho fundamentalísimo para la vida en el marco de la soberanía que reside del pueblo, sobre el Estado que se promoverá el uso y acceso del agua que es vital II. Estos recurso no podrá ser objetó de apropiaciones privadas, no serán consecionadas por este motivo están sujetos a un régimen de licencia y registro conforme a la nueva C.P.E. El estado también tiene tiene que proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida etc.

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  8. Se debe definir que la destrucción del medio ambiente, fue iniciada desde la revolución industrial por los países desarrollados, ahora vemos las consecuencias de más de 300 años de emanaciones de gases y vapores, siendo los países subdesarrollados los más afectados. En nuestro medio, la amazonia se constituye como el primer "pulmón" de mundo. Dada la globalización, las industrias se encuentran en una desenfrenada competencia sin considerar los efectos al medio ambiente con el único fin de mayor producción. Adoptar políticas serias y responsables para la preservación de nuestro habitad es una de las funciones principales de todos los Gobiernos. La responsabilidad local de nuestro medio ambiente debe partir desde la educación básica en los colegios. La incorporación de la preservación del medio ambiente, territorio dentro de la CPE nos hace responsable a todos y el futuro que legaremos a nuestras generaciones.
    Dra. Rosario Choque Yugar

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  9. Gustavo Pinto Villanueva19 de marzo de 2010, 18:11

    Cabe recordar la importancia del tema avanzado por ser un modulo que habla de una temática nueva, dinámica y vital dentro de la sociedad boliviana y mundial, nuestra Nueva Constitución, se pone en hombros la dificil tarea de regular la tierra, territorio y medio ambiente, desarrollando y conceptualizando lo que para la gente comùn constituye este gran tesoro de la humanidad y que actualmente se viene destruyendo por el mismo hombre que responde a un capitalismo destructor de la madre tierra.

    Las medidas político sociales adoptadas por la Constitución revelan las inquietudes y desafios por alcanzar la armonía con la madre tierra, ya que esta será la herencia que dejaremos a nuestras futuras generaciones, siendo responsabilidad global velar y dar cumplimiento.

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  10. Problemas como el deterioro del medio ambiente, la degradación de los recursos naturales renovables, el cambio climático, la contaminación de los suelos, el agua y en menor proporción en el aire, no han podido ser detenidos ni controlados debido a politicas de gobiernos anteriores que velaban por el interés económico antes que el interés común, llegando a deteriorar la naturaleza.

    Actualmente, Bolivia, tiene un gran avance en legislación jurídica sobre el medio ambiente, tal es así, que contamos con una Constitución Política, que a comparación de otras, hace mas enfasis en esta problemática, apoyada con la Ley del Medio Ambiente, la Ley Forestal y la Ley INRA, con sus respectivos reglamentos, estos instrumentos velan por la protección, uso eficiente y correcto de los recursos naturales renovables. Sin embargo, las limitaciones de recursos humanos, concienciales, técnicos y financieros encargadas del control y supervisión ambiental impiden que la legislación se aplique con todo su rigor y en todo su alcance. Es tiempo de que cada uno de nosotros actúe, ayude, cuide y salve a nuestra madre tierra, en recompensa a lo que ella nos da.
    Fabiola M. Rospigliozi M.

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  11. Ronald Charca Quispe19 de marzo de 2010, 18:33

    TIERRA TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES

    El Estado Plurinacional desde su refundación, consecuencia de las luchas sociales, sublevación indígena antiimperialista, en las marchas indígenas, sociales y sindicales, en las guerras del agua y de octubre, en las luchas por la tierra y territorio para lograr un Estado basado en el respeto e igualdad, con soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad en la distribución y redistribución del producto social, donde predomine la búsqueda del vivir bien; con respeto a la pluralidad económica, social, jurídica, política y cultural de los habitantes de esta tierra, razón por lo cual el Estado a través de la pluralidad de nacionalidades tiene como deber conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente, esto mediante la participación en la gestión ambiental puesto que en gobiernos neoliberales estas disposiciones eran vulneradas siendo que solo buscaban el enriquecimiento de las parasitarias oligarquías bolivianas, por lo que el patrimonio natural es de interés público y de carácter estratégico para el desarrollo sustentable de nuestro país.

    En los tiempos actuales la psicosis apocalípticas son pandemias irreversibles por lo que los recursos naturales susceptibles de aprovechamiento que son de carácter estratégico y de interés público para el desarrollo del país dando el derecho propietario de dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano, siendo que nuestro país tiene como principal fuente económica los hidrocarburos que son de propiedad inalienable e imprescriptible del pueblo boliviano y faculta al Estado, en nombre y representación del pueblo boliviano, ejercer la propiedad de toda la producción de hidrocarburos del país.

    El mundo entero que sufre las consecuencias del cambio climático por lo que el agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo por lo que el Estado promoverá deberá promover el uso y acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

    Por último los ayllus y comunidades eran tierras vinculadas a través de sus usos y costumbres, y sus pobladores los indígenas a los que se consideraba como población marginal hecho que motivo que el Estado reconociera, protegiera y garantizara la propiedad individual y comunitaria o colectiva de la tierra, en tanto cumpla una función social o una función económica social, según corresponda, con la redistribución de la tierra la propiedad agraria individual se clasifica en pequeña, mediana y empresarial, en función a la superficie, a la producción y a los criterios de desarrollo hecho que esperemos no dé lugar a una nueva oligarquía indígena que oprima a su raza.

    Atentamente,

    Abg. Ronald Charca Quispe

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  12. DIPLOMADO: NUEVA COSNTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
    Guido Armando Flores Torrez
    C.I. 4921419 L.P.
    Sector La Paz.


    TIERRA Y TERRITORIO

    “Nuestro territorio (Bolivia), con sus selvas, montañas, ríos, sus lagunas y humedales, y con su lugar sagrado (Pachamama) (tierra); junto con el territorio está la vida y junto a la vida está la dignidad del pueblo; junto al territorio está nuestra soberanía como pueblo Art. 7 de la C.P.E., ”. La nueva visión de territorio nos ha permitido conservar y aprovechar adecuadamente todos los recursos que ofrece la naturaleza en nuestras comunidades conceptualizado en el “vivir bien”.

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  13. Implematar la protección de los Recursos Naturales dentro de la Nueva Constitución Politica del Estado, es una decisión acertada, toda vez que los mismos se constituyen en la riqueza del Estado Boliviano, los que deben ser administrados de forma sostenible, ya que una vez que los mismos ya no constituyan parte de nuestras reservas, deben generar otro tipo de recursos para el estado, políticas de Estado que deberan aplicarce siempre en apego al respeto de nuestra soberania.
    Abg. SERGIO MOISES PEREZ FERNANDEZ

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  14. Implematar la protección de los Recursos Naturales dentro de la Nueva Constitución Politica del Estado, es una decisión acertada, toda vez que los mismos se constituyen en la riqueza del Estado Boliviano, los que deben ser administrados de forma sostenible, ya que una vez que los mismos ya no constituyan parte de nuestras reservas, deben generar otro tipo de recursos para el estado, políticas de Estado que deberan aplicarce siempre en apego al respeto de nuestra soberania

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  15. Desde cualquier punto de vista racional, el problema de tierra y territorio en Bolivia solo tiene una solución: La propiedad comunitaria, y ello exige una Nueva Ley de Reforma Agraria que beberá aprobar la Asamblea Plurinacional si en verdad piensan en el buen vivir de la mayoría de pueblos indígenas y originarios.
    La profundización revolucionaria del proceso en esta segunda etapa del gobierno del M.A.S. impone la necesidad de luchar contra los latifundistas, por la propiedad comunitaria de la tierra y contra la gran propiedad privada.
    DR. RENAN P. GALLINATE MENDEZ
    C.I. 4794204 L.P.
    DIPLOMANTE

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  16. Tierra un elemento fundamental para todo medio productivo a nivel mundial, territorio para donde la poblaciòn desarrolla toda actividad productiva es decir existe una relaciòn con la madre tierra recalcando es reconocida en la Constitución Política del Estado ya que determina nuestra realidad tanto en la estructura de nuestro estado plurinacional, asimismo reconocer nuestros derecho fundamentales de todos los ciudadano que tenemos nuestras tierras siempre y cuando cumpla una función social

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  17. COMENTARIO SOBRE TIERRA TERRITORIO.


    A estas alturas no se negar que el tema tierra y territorio es una reivindicación fundamental para los pueblos indígenas originarios como un derecho.
    En la Constitución se proyecta una estructura agraria basada en la planificación, administración, distribución, control y otras acciones referidas al proceso de reforma agraria, la articulación del desarrollo sustentable al desarrollo rural, ratifica el servicio Boliviano de reforma Agraria como entidad publica a cargo de las políticas agrarias, el fortalecimiento de los mecanismos redistributivos de la tierra para afectar el latifundio y los predios que incurren en causal de reversión por el no cumplimiento de la función económica social.
    Abog. Erika Ninoska Cuiza mendoza

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  18. Desde cualquier punto de vista racional, el problema de tierra y territorio en Bolivia solo tiene una solución: La propiedad comunitaria, y ello exige una Nueva Ley de Reforma Agraria que beberá aprobar la Asamblea Plurinacional si en verdad piensan en el buen vivir de la mayoría de pueblos indígenas y originarios.
    La profundización revolucionaria del proceso en esta segunda etapa del gobierno del M.A.S. impone la necesidad de luchar contra los latifundistas, por la propiedad comunitaria de la tierra y contra la gran propiedad privada.
    DR. RENAN P. GALLINATE MENDEZ
    4794204 L.P.
    DIPLOMANTE

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  19. El proceso constitucional iniciado el años 2000 a fundado su ideología sobre la pluralidad autonomía y nuevo modelo productivo.
    Los tres ejes temáticos tierra territorio indígena permiten comprender los avanzado desde la reforma agraria desde 1963, la consolidación del territorio indígena comunitario de 1996 hasta hoy cuando los pueblos indígenas tienen el reto ante si de sus propios gobiernos.
    El acceso al poder político y cultural se encuentra articulados apartir del control de la tierra y territorio para las culturas indígenas
    Abog.Rosario B. Morejon lopez

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  20. MODULO SOBRBE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES TIERRA Y TERRITORIO

    ING: MAX MORALES

    NOMBRRE: JUANA MARTHA AGUILAR MOSCOSO



    En la Nueva Constitución Política del Estado los temas que tienen que ver con los Recursos Naturales, Amazonía, Tierra y Territorio, tienen en este texto constitucional un tratamiento especial.

    EN CUANTO A LOS RECURSOS NATURALES

    Estos pasan a manos del estado nacional quién los protegerá y promovera políticas de insdustrialización y otros.

    EN CUANTO A LA AMAZONIA

    Es el estado quién promueve el desarrollo sustentable con participación de las autoridades indigena originarias, pero sobre todo la protección de la biodiversidad, recursos hídiricos y otros.

    EN CUANTO A TIERRA Y TERRITORIO

    La ley fundamental habla del respeto a la propiedad siempre y cuando cumpla la función social, clasifica la misma en pequeña, mediana y empresarial, además se garantiza y protege la propieda comunitaria o colectiva además de la dotación de las tierras fiscales, con una prohibición tajante en cuanto al latifundio.

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  21. DIPLOMADO LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    POSTULANTEñ HILDA AQUISE ESCOBAR
    DOCENTEñ ING. MAX MORALES ESCOBAR
    MODULO VIII
    TIERRA TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES
    OPINION
    Considerando el concepto de integracion de teritorio y tierra, la nuebçva Constitcion Politica del Estado plurinacional de bolivia, reconoce en varios de sus articulos el derecho de los grupos sociales del pais, en especial de los indigenas, originario, campesino, esta forma de interrelacionar como un todo el territorio y la tierra que se concluye en la lucha contra la pobreza y el marginamiento para lograr el vivir bien.
    A traves de la implementacion de la nueva Constictuion Politica del Estadolos indigenas logran el reconocimiento de sus derechos colectivos.

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  22. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: BASILIA CALLE MAMANI
    CI: 6004452 LP.

    RECURSOS NATURALES


    Los recursos naturales son de propiedad del Estado Plurinacional cuyo dominio es directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano originario y corresponde al Estado Plurinacional su administración directa en función del interés colectivo de la sociedad en general para el bien común. Asimismo el Estado reconoce respeta y otorga derechos propietarios indivisibles y colectivos sobre la tierra, así como derecho de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales de parte de los habitantes del territorio del Estado Plurinacional originario, campesino.

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  23. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE: ING. MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: ROXANA LUPE ARUQUIPA LUNA
    CI: 5966647LP.

    TIERRA
    La constitución ratifica el Servicio Boliviano de Reforma Agraria como entidad pública a cargo de las políticas agrarias. El fortalecimiento de los mecanismos redistributivos de la tierra para afectar el latifundio y los predios que incurren en causal de reversión por el no cumplimiento de la función económica social. Sin embargo la tarea queda como pendiente, dando que se ha hecho pausa obligada por parte del gobierno ante la defensa armada de terratenientes, cuando quiso implementar la ley de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria en lugares donde existen latifundios. Por otra parte, de alguna forma establece el reagrupamiento de la tierra para eliminar el minifundio, el cual es una contradicción al desarrollo que se pretende, prohibiendo así la figura; sujeto crédito de la propiedad en el occidente.

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  24. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE: ING. MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: HILDA AQUISE ESCOBAR

    TIERRA, TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
    OPINION
    Considerando que el concepto de integración de territorio y tierra la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia reconoce en varios de sus artículos el derecho de los grupos sociales del país, en especial de los indígenas, originarios , campesinos, esta forma de interrelacionar, como un todo el territorio y la tierra que se concluye en la lucha contra la pobreza y el marginamiento para lograr el vivir bien.
    A través de la implementación de la nueva Constitución Política del Estado, los indígenas logran el reconocimiento de sus derechos individuales y derechos colectivos.

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  25. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE: ING. MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: HILDA AQUISE ESCOBAR

    TIERRA, TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
    OPINION
    Considerando que el concepto de integración de territorio y tierra la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia reconoce en varios de sus artículos el derecho de los grupos sociales del país, en especial de los indígenas, originarios , campesinos, esta forma de interrelacionar, como un todo el territorio y la tierra que se concluye en la lucha contra la pobreza y el marginamiento para lograr el vivir bien.
    A través de la implementación de la nueva Constitución Política del Estado, los indígenas logran el reconocimiento de sus derechos individuales y derechos colectivos.

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  26. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: BASILIA CALLE MAMANI
    CI: 6004452 LP.

    RECURSOS NATURALES


    Los recursos naturales son de propiedad del Estado Plurinacional cuyo dominio es directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano originario y corresponde al Estado Plurinacional su administración directa en función del interés colectivo de la sociedad en general para el bien común. Asimismo el Estado reconoce respeta y otorga derechos propietarios indivisibles y colectivos sobre la tierra, así como derecho de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales de parte de los habitantes del territorio del Estado Plurinacional originario, campesino.

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  27. DIPLOMADO
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII

    DOCENTE MAX MORALES ESCOBAR
    NOMBRE: BASILIA CALLE MAMANI
    CI: 6004452 LP.

    RECURSOS NATURALES


    Los recursos naturales son de propiedad del Estado Plurinacional cuyo dominio es directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano originario y corresponde al Estado Plurinacional su administración directa en función del interés colectivo de la sociedad en general para el bien común. Asimismo el Estado reconoce respeta y otorga derechos propietarios indivisibles y colectivos sobre la tierra, así como derecho de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales de parte de los habitantes del territorio del Estado Plurinacional originario, campesino.

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  28. Rosario Margarita Arana Estrada19 de marzo de 2010, 20:43

    Dra. Rosario Margarita Arana Estrada
    C.I.2635245 L.P.
    DIPLOMADO DE LA N.C.P.E
    MODULO VIII

    El agua como recurso hidrico importante necesita que se implemente politicas sociales para enfrentar actualmente el calentamineto global y el cambio climatico por ser un derecho fundamental para la vida .
    Este recurso natural actualmente ya no tiene la misma disponibilidad de antes , es por eso que se tiene que asumir medidas de tipo mega proyectos como ser la creacion de grandes reservorios de agua, represas, con fines multipropositos (consumo humano, riegos,bebederos para animales y generacion de energia electrica,etc ).Tambien aprovechar el recurso de las aguas subterraneas mediante perforaciones de pozos profundos mas sus implementaciones.
    Todo enmarcado dentro de la N.C.P.E.que prioriza el acceso a este elemento liquido.
    Es por eso que se tiene que tener conciencia de la importancia del agua en la actualidad y debemos cuidar,preservar y conservar nuestros recursos hidricos

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  29. UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES
    FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
    CARRERA DE DERECHO
    DIPLOMADO: LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLLITICA DEL ESTADO
    DOCENTE: Ing. Máx Morales
    ESTUDIANTE: Franz Javier Copa Marca
    C.I.: 4307980 L.P.

    TRABAJO PRÁCTICO
    TIERRA TERRITORIO MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
    El tema en cuestión es tan importante como la vida misma de una persona ya que en estos momentos mucha gente lucha por tener un espacio físico de tierra para de esta manera poder sembrar y cosechar y de esta forma alimentar a la familia boliviana.
    Desde los tiempos remotos se lucho por la tierra los bolivianos y las bolivianas tuvimos que salir a marchar por la tierra y territorio tal cual lo explico usted en las clases que pasamos, desde mi punto de vista al menos yo estoy identificado con este tema por ser campesino nacido en los yungas pácenos y gracias al esfuerzo de mis padres tuve la oportunidad de llegar a profesionalizarme pero en el fondo fue gracias a las tierras que ocuparon mis padres que de generación en generación lo fueron cuidando hasta con sus vidas, la tierra y todo lo que tenga que ver con la naturaleza es algo sagrado es cuestión de vida o muerte y todos tenemos que ser concientes sobre este tema tan importante.

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  30. Rosario Margarita Arana Estrada
    DIPLOMADO DE LA N.C.P.E.
    MODULO VII
    TIERRA Y TERRITORIO
    El suelo mas la tierra mas el hombre es lo que constituye el TERRITORIO, para lo cual tiene que estar en armonia con el Medio Ambiente, para que se pueda preservar y conservar.
    Por lo tanto el ser humano tiene derecho a un habitat, o sea un espacio geografico que la pueda habitar pero tambien la tiene que respetar y cuidar, por ser un derecho del hombre el acceso a la tierra, conservar a la Madre Naturaleza o en nuestro caso la Pachamama.
    Hay que darle un uso adecuado a este recurso y manterner su Medio ambiente.

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  31. D I P L O M A D O
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    MODULO VIII.- TIERRA – TERRITORIO – MEDIO AMBIENTE- RECURSOS NATURALES
    - Según la historia, en el siglo XIX las comunidades pagaban impuestos para que respeten sus tierras, en 1874 se genera la hacienda republicana al despojar la propiedad comunal, posteriormente con la Reforma Agraria aparece el concepto de propiedad privada y distribuyen tierra con títulos a los campesinos e indígenas.
    - Lo que no ocurre en oriente donde inclusive existían condiciones de esclavismo.

    - A través de marchas y movilizaciones se expresa el conflicto de demanda de tierra y territorio, la guerra del agua, la guerra del gas es el inicio del proceso CONSTITUYENTE BOLIVIANO, con la elección del mandatario indígena Evo Morales Ayma por cinco años y con las pasadas elecciones se establece el segundo mandato del Presidente se reafirma el proceso POST CONSTITUYENTE.

    - En la Constitución Política del Estado se da prioridad a las tierras comunales al considerarlas autónomas, con el principio esencial de VIVIR BIEN, al presente se proporcionan viviendas, cuentan con instalación de energía eléctrica, agua potable, gas domiciliario y otros beneficios en las comunidades.

    - El proceso actual que vivimos, analizando la vida comunitaria, en la C.P.E. se respeta sus culturas, lengua, costumbres, economía, contamos con un estado con nueva forma económica y social, se declaran treinta y seis lenguas indígenas como idiomas, así como existe libertad de religión.

    - Se prohíbe el latifundio, finalmente en consulta soberana se limita a 5.000 Has.

    - En los territorios indígenas es necesario implementar las autonomías con una Ley de Autonomías y descentralización, que debe desarrollar procedimentalmente las disposiciones sustantivas del régimen autonómico constitucional, sin embargo cabe recalcar que no se debe invadir el ámbito del autogobierno, que constituye ámbito de regulación de la legislación autonómica.

    LOS TERRITORIOS INDIGENAS SON LAS TIERRAS COLECTIVAS O COMUNITARIAS TITULADAS CONFORME A LEY.

    Abogada GABY POLA LLANO LUNA
    C.I. 2214540 L.P.

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  32. Dr. David Ramiro Bravo Cuellar20 de marzo de 2010, 10:16

    DIPLOMADO LA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
    MODULO: TIERRA Y TERRITORIO




    ALUMNO: DR. DAVID RAMIRO BRAVO CUELLAR, C.I. Nº 4771947 L.P.



    El sucrito hace una breve observación al Art. 262 I) de la Constitución Política del Estado, por contradecirse y/o dejar una puerta abierta para que los extranjeros puedan adquirir tierras en el Estado Plurinacional de Bolivia, en cuanto al Art. 396 II), del mismo cuerpo legal citado.
    Constitución Política del Estado Art. 262. I).- Constituye zona de seguridad fronteriza los cincuenta kilómetros a partir de la línea de frontera. Ninguna persona extranjera, individual o en sociedad, podrá adquirir propiedades en este espacio, directa o indirectamente, ni poseer por ningún título aguas, suelo ni subsuelo; excepto en el caso de necesidad estatal declarada por ley expresa aprobada por dos tercios de la Asamblea Legislativa Plurinacional. La propiedad o la posesión afectadas en caso de incumplimiento de esta prohibición pasarán a beneficio del Estado, sin ninguna indemnización.
    Constitución Política del Estado Art. 396 II).- Las extranjeras y los extranjeros bajo ningún titulo podrán adquirir tierras del Estado.
    A tal efecto podemos observar que el articulo 396 II) de la C.P.E., prohíbe que los extranjeros puedan tener propiedades en ninguna parte del Estado Plurinacional de Bolivia, empero el Art. 262 I) de la C.P.E., deja abierta implícitamente la posibilidad de que los extranjeros puedan adquirir propiedades en el Estado Plurinacional de Bolivia, empero NO en la Zona de seguridad fronteriza que es de cincuenta kilómetros a partir de la línea de frontero al señalar el referido Art. Ninguna persona extranjera, individual o en sociedad, podrá adquirir propiedades en este espacio, “pero si en otros espacios que no sean en el cordón de seguridad fronteriza.
    Que a criterio del suscrito, el Art. 262 del C.P.E., debería sufrir una mutación, y solamente limitarse a describir la ZONA DE SEGURIDAD FRONTERIZA, para que no existan contradicciones en cuanto al Capítulo Noveno de TIERRA Y TERRITORIO, en su Art. 396 II) de la C.P.E.

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  33. ARMANDO MEDINA GUZMAN20 de marzo de 2010, 11:21

    DIPLOMADO
    TIERRA TERRITORIO RECURSOS NATURALES

    Atrás quedo el Neoliberalismo Darwinista, insensible, mercantilista y depredador de la Madre Naturaleza, que tomaba lo que quería de la Pacha Mama, por considerarla un objeto, un medio para resolver sus problemas económicos, y acumular riquezas sin medida, producto de su angurria, de su codicia, propio del Capitalismo. Hoy la Madre Naturaleza tiene sus propios derechos, toda vez que es considerada un sujeto de derechos, y que la Nueva Constitución Política del Estado, la toma en cuenta porque es parte del Vivir Bien, toda vez que el Vivir Bien es, vivir en armonía con todos nuestros semejantes y con la madre naturaleza.

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  34. ARMANDO MEDINA GUZMAN20 de marzo de 2010, 11:23

    DIPLOMADO
    TIERRA TERRITORIO Y RECURSOS NATURALES
    Atrás quedo el Neoliberalismo Darwinista, insensible, mercantilista y depredador de la Madre Naturaleza, que tomaba lo que quería de la Pacha Mama, por considerarla un objeto, un medio para resolver sus problemas económicos, y acumular riquezas sin medida, producto de su angurria, de su codicia, propio del Capitalismo. Hoy la Madre Naturaleza tiene sus propios derechos, toda vez que es considerada un sujeto de derechos, y que la Nueva Constitución Política del Estado, la toma en cuenta porque es parte del Vivir Bien, toda vez que el Vivir Bien es, vivir en armonía con todos nuestros semejantes y con la madre naturaleza.

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  35. ELENA JULIA GEMIO LIMACHI20 de marzo de 2010, 11:55

    TIERRA TERRITORIO, RECURSOS NATURALES EN LA NCPE
    Elena Julia Gemio Limachi
    La Paz, marzo de 2010

    Comentario y análisis crítico: Como deber del Estado y de la población es conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente. Más allá del deber que imponga la Constitución a la población es una obligación que tenemos los bolivianos de cuidar y proteger nuestros recursos naturales y su biodiversidad, si bien al ser nuestro podemos explotarlo e industrializarlo sin embargo esa actividad debe ser responsable y racional, porque primero debemos de cuidar el medio ambiente y segundo tenemos la responsabilidad de dejar a las futuras generaciones que disfruten de estos recursos tal como nosotros lo estamos haciendo. Los recursos naturales son medios imprescindibles para alcanzar el desarrollo como país, por lo que son de carácter estratégico, por ello la Constitución Política del Estado detalla con precisión cuales son los recursos naturales susceptibles a ser aprovechados. Cabe mencionar que el mismo debe ser de forma racional preservando su existencia para futuras generaciones. El Estado es el único quien tiene la propiedad sobre los recursos naturales, ya que en ella se encuentran, por ello su derecho de propiedad es de carácter indivisible e imprescriptible y los beneficios que puedan emanar de su aprovechamiento deben beneficiarse al pueblo boliviano quien es el dueño de estos recursos. El Estado es el único propietario de los recursos mineralógicos, por lo que es responsable de la administración y dirección, además esta será regulado mediante una Ley; asimismo, establece que los recursos naturales no metálicos son de carácter estratégico del país y se reconoce a tres productores; la industria minera estatal que a la fecha esta a cargo de COMIBOL, la industria minera privada que son las empresas y por último tenemos a las sociedades cooperativas mineras. El agua es el elemento de vital importancia para el ser humano, es un líquido elemental e imprescriptible y para que la población boliviana pueda seguir disfrutándola y el consumo de este líquido elemental debe constituirse en un derecho fundamentalísimo, por lo que ninguna persona puede privarse de disfrutarla, por ello el Estado tiene la obligación de adoptar políticas destinadas a su consumo equitativo, desarrollo, preservación y conservación. Respecto a la energía es uno de los recursos que el Estado debe promover su desarrollo, para que los bolivianos podamos seguir contando con este recurso y su servicio no puede concesionarse exclusivamente a privados, esto con la finalidad de que toda la población pueda acceder a ella.

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  36. ELENA JULIA GEMIO LIMACHI20 de marzo de 2010, 11:57

    TIERRA TERRITORIO, RECURSOS NATURALES EN LA NCPE
    Elena Julia Gemio Limachi
    La Paz, marzo de 2010

    Comentario y análisis crítico: Como deber del Estado y de la población es conservar, proteger y aprovechar de manera sustentable los recursos naturales y la biodiversidad, así como mantener el equilibrio del medio ambiente. Más allá del deber que imponga la Constitución a la población es una obligación que tenemos los bolivianos de cuidar y proteger nuestros recursos naturales y su biodiversidad, si bien al ser nuestro podemos explotarlo e industrializarlo sin embargo esa actividad debe ser responsable y racional, porque primero debemos de cuidar el medio ambiente y segundo tenemos la responsabilidad de dejar a las futuras generaciones que disfruten de estos recursos tal como nosotros lo estamos haciendo. Los recursos naturales son medios imprescindibles para alcanzar el desarrollo como país, por lo que son de carácter estratégico, por ello la Constitución Política del Estado detalla con precisión cuales son los recursos naturales susceptibles a ser aprovechados. Cabe mencionar que el mismo debe ser de forma racional preservando su existencia para futuras generaciones. El Estado es el único quien tiene la propiedad sobre los recursos naturales, ya que en ella se encuentran, por ello su derecho de propiedad es de carácter indivisible e imprescriptible y los beneficios que puedan emanar de su aprovechamiento deben beneficiarse al pueblo boliviano quien es el dueño de estos recursos. El Estado es el único propietario de los recursos mineralógicos, por lo que es responsable de la administración y dirección, además esta será regulado mediante una Ley; asimismo, establece que los recursos naturales no metálicos son de carácter estratégico del país y se reconoce a tres productores; la industria minera estatal que a la fecha esta a cargo de COMIBOL, la industria minera privada que son las empresas y por último tenemos a las sociedades cooperativas mineras. El agua es el elemento de vital importancia para el ser humano, es un líquido elemental e imprescriptible y para que la población boliviana pueda seguir disfrutándola y el consumo de este líquido elemental debe constituirse en un derecho fundamentalísimo, por lo que ninguna persona puede privarse de disfrutarla, por ello el Estado tiene la obligación de adoptar políticas destinadas a su consumo equitativo, desarrollo, preservación y conservación. Respecto a la energía es uno de los recursos que el Estado debe promover su desarrollo, para que los bolivianos podamos seguir contando con este recurso y su servicio no puede concesionarse exclusivamente a privados, esto con la finalidad de que toda la población pueda acceder a ella.

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  37. MODULO VIII
    TIERRA ,TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES

    POSTULANTE:
    DR. ÁVILA LAURA, RUBÉN GERMÁN

    En este periodo se renovó las tensiones a una convicción para vivir bien y así profundizar el pensamiento Social que se identificó con la marcha por el territorio y la Dignidad de los pueblos indígenas de tierras bajas en 1990. Derivando en una Asamblea Constituyente, titulación de tierras y Saneamiento, con otras vocaciones.
    El problema todos quieren “tierras” y “producir” sin que se tenga a cabalidad con detalle de la cantidad de tierras, parece que se afectaran propiedades comunales indígenas y no de las grandes latifundios. Es claro, que “la ley de tierras” de estas dimensiones será muy difícil, pues los campesinos, con el nombre de colonizadores, también avanzan depredando regiones que no son aptas para la agricultura ni ganadería. Lo cual traduce en un avasallamiento lento y letal para el medio ambiente.
    Con respecto a garantizar un equilibrio, todo pueblo tiene derecho a la consulta conforme al Art. 30 parágrafo 2do inciso 15, 16 y 17 CP.
    - “Es una prioridad estratégica acabar con la adicción a los combustibles fósiles”
    - En estos momentos hay 3 grandes crisis en el mundo: la crisis climática, la económica y la de seguridad (interna y externa)
    o Si se apuesta para una solución lograremos e iremos por una recuperación económica que se basa en la sostenibilidad como ventaja competitiva y no una dependencia energética.

    Gestión Ambiental.- Es la planificación, aplicación de los Sistemas evaluación de impacto ambiental, y el control de calidad ambiental, sin excepción y de producción de bienes y servicios que use, transforma o afecta los recursos naturales y al medio ambiente. Se establece en la constitución que la población tiene derecho a la participación en la gestión ambiental, a ser consultado.

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  38. D I P L O M A D O
    LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    TIERRA, TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES
    Marianela Puña Espinar
    La concentración del poder en tierras bajas y altas Oriente y Occidente dan lugar a la construcción participativa de las políticas nacionales del medio ambiente, de los recursos naturales, de la tierra y territorio con visiones de conservación del medio ambiente y la lucha por la tierra y territorio para acabar con la extracción saqueadora y desconsiderada de la madre tierra en la que la Constitución a pesar de los colonialistas depredadores y sus representantes se enfrentaron la participación democrática de las masas que ellos mismos trataron de controlar.
    Trajo al pueblo la recuperación de la esencia de la Pachamama y sus relaciones en un Estado Plurinacional Indígena Campesino Originario participativo. Ajenos al país desde la brutal colonización adecuaron sus normas y dioses en el afán de explotar y saquear vidas y tierra. Las marchas de los pueblos promovieron la redacción de la CPE en su titulo mas importante nos sustancian de los bienes materiales que poseemos en el transito hacia el vivir bien a vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovechamiento adecuado de los ecosistemas y aprovechar de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitamos.
    Quedaron abrogados los neoliberales depredadores de nuestro Estado, se acabaron la hegemonías económicas?
    La visión integrada de la relación: madre tierra y hombre nos brinda el equilibrio del texto a resolver y aplicar el articulo 342 de la CPE y la participación del pueblo plural, y de libre determinación refundará el país.

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  39. Desde el punto de vista de la nueva C.P.E. la tierra y el territorio son de dominio originario del Estado y se constituyen como patrimonio social y estratégico y la distribución, reagrupamiento, redistribución equitativa de la propiedad agraria la cual es de competencia estatal y se realizará conforme a las necesidades económico-sociales y de desarrollo rural integral sin embargo, el Estado deberá respetar las normas y decisiones comunales sobre distribución, reagrupación y redistribución, uso y acceso a la tierra deacuerdo a sus usos y costumbres.
    Henry Ballivian Ticona
    Diplomado de Derecho Constitucional U.M.S.A.

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  40. Para el proceso de implementación de la nueva Constitución Política del Estado, en lo que se refiere a Minería y Metalurgia, surge la imperiosa necesidad de formular, analizar y contitucionalizar el marco legal y reglamentario, para regular del desempeño de la industria minera tanto estatal, privada como de cooperativas, respetando de manera obligatoria el manejo responsable y el desarrollo sostenible de estos recursos, logrando de esta forma el vivir bien de todas y todos los bolivianos, así como de las generaciones futuras.
    Abog. Karen Erika Lima Alarcón
    Diplomado Nueva Constitución Política del Estado - U.M.S.A.

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  41. DIPLOMADO NUEVA COMSTITUCION POLITICA DEL ESTADO
    Dra. Nancy apaza colque
    C.I. 4279956 L.P.
    EL ALTO
    La nueva constitución prohíbe el latifundio y la doble titulación por ser contrarios al interés colectivo y al desarrollo del país y de acuerdo a los resultados obtenidos en el referéndum dirimítorio, no se permitirá mas la apropiación de más de cinco mil hectáreas de terreno. Artículo 398 (opción B).
    Se entiende por latifundio la tenencia improductiva de la tierra, que no cumpla la función económica social, razón por la cual será revertida a tantos originarios que no tienen un lugar para vivir, ni producir para su subsistencia siendo un derecho constitucional el derecho a la hábitat y la vivienda. Por lo que, Las reversiones de tierras que no cumplan la función social no afectará a los empresarios honestos y emprendedores, sino a quienes usurparon tierras, y acapararon tierras de modo ilegal y fraudulento. Sin considerar de que la tierra es para quien la trabaja y no así para quien tiene mas riquezas y que hasta estos tiempos han obtenido inmensas extensiones de propiedades, que en la actualidad con la implementación de la nueva Constitución Política del Estado tendrán que compartir con quienes son realmente los que trabajan y hacen que la tierra produzca para una mejor utilidad.

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  42. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO

    MODULO VIII

    DOCENTE: ING. MAX MORALES ESCOBAR

    ABOGADO: HILARION MAX MOLLO VILLCA

    Los Recursos Hídricos

    "El Agua"

    La inclusion de los recursos hídricos "agua" en el nuevo texto constitucional es novel y va siempre en procura del beneficio de todos los habitantes y estantes de Bolivia y no debe caer en manos de empresas privadas por ser esto un elemento fundamental para la vida y el Estado debe proteger y garantizar el uso prioritario y además debe irse en defensa con un demanda de las aguas del SILALA por ser una fuente natural de agua dulce y no un rio como dicen lo chilenos. ESTO CON LA FINALIDAD DEL VIVIR BIEN.

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  43. CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO

    MODULO VIII

    DOCENTE: ING. MAX MORALES ESCOBAR

    ABOGADO: HILARION MAX MOLLO VILLCA

    Los Recursos Hídricos

    "El Agua"

    La inclusion de los recursos hídricos "agua" en el nuevo texto constitucional es novel y va siempre en procura del beneficio de todos los habitantes y estantes de Bolivia y no debe caer en manos de empresas privadas por ser esto un elemento fundamental para la vida y el Estado debe proteger y garantizar el uso prioritario y además debe irse en defensa con un demanda de las aguas del SILALA por ser una fuente natural de agua dulce y no un rio como dicen lo chilenos. ESTO CON LA FINALIDAD DEL VIVIR BIEN.

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  44. Abog. TRUJILLO, Apaza Javier26 de marzo de 2010, 19:09

    Que en lo que respecta a los Derechos de los Indígenas debemos señalar que nuestra Nueva Constitución Política del Estado, es de las más avanzadas, ya que reconoce de manera irrestricta a todas las nacionalidades de nuestro Estado Plurinacional.
    Todas las anteriores Constituciones, a excepción de la última reforma, no tomaban en cuenta a los hermanos campesinos originarios, y como consecuencia de aquello sus derechos eran vulnerados, consiguientemente considerados como ciudadanos de segunda y tercera categoría, y en las más antiguas simplemente no existían.
    Ahora bien, corresponde que nosotros, principales actores del proceso de cambio, impulsemos la socialización del contenido de la Nueva Constitución Política del Estado y de ésta forma amparar a los hermanos que por tantos años han sido olvidados y relegados.
    Por otro lado, es importante seguir preparando a los profesionales para que éstos sean la base fundamental y sostén de los cambios ya hechos y los que vienen en adelante.

    DIPLOMANTE: JAVIER TRUJILLO APAZA
    C.I. Nº 2476266 L.P.
    M.C.A Nº 3645

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  45. LA TIERRA

    Si bien la nueva Constitución Política del Estado reconoce, protege y respeta la propiedad agraria individual y colectiva además de prohibir el latifundio y la doble titulación sin embargo los títulos ejecutoriales colectivos viene generando peleas graves entre comuna ríos de una misma comunidad por no existir una determinación especifica del lugar del cual es propietario el comuna río originando los propases y súper posiciones de tierras, si bien la ley INRA deja a los juzgados agrarios la solución de estos conflictos empero las distancias largas en entre la población y el juzgado hace que se abandone las causas y continúe las agresiones físicas que inclusive vienen de generación en generación y es el Estado quien debe darle una solución.

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  46. Ramiro Cardozo Bozo29 de marzo de 2010, 18:21

    MODULO VIII
    DIPLOMADO DERECHO CONSTITUCIONAL
    TIERRA TERRITORIO, MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

    Docente: Ing. Max Morales Escobar
    Postulante: Lic. Ramiro Cardozo Bozo.
    Fecha: Marzo del 2010
    Comentario sobre el Art. 349 de la C.P.E. toda vez que al Estado le corresponde la administración de recursos naturales para la explotación del gas, debe normarse, reglamentarse para la creación del Instituto Científico del Gas. ICG, capturar profesionales bolivianos en investigaciones sobre la industria del gas, perfeccionar la tecnología de producción. Y dentro de este sector energético de Bolivia iniciar proyector macros de explotación y exploración de gas, para cuantificar la reservas existentes en todo nuestro territorio en coordinación con empresas que se sometan a las normas que rigen nuestra legislación para así llegar a focalizar esfuerzos comunes en geología, exploración, transporte, almacenamiento, procesamiento y el mercado del gas natural y otros hidrocarburos, asegurando el suministro local.
    Considerando la responsabilidad social de todos los estratos que es el de proteger y de hacer un control del medio ambiente de caso contrario se estaría desconociendo los derechos de la madre tierra.

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  47. Abogado Ángel A. Chuquimia Borda
    TIERRA TERRITORIO

    La Estructura y Organización Territorial del Estado, en el texto de la Nueva Constitución Política del Estado, fue el desafío de los grandes retos, que debe enfrentar Estado Plurinacional, contra el fracaso de la vigencia del antiguo modelo del Estado Nacional, cuya Constitución sufrió más de 20 cambios y modificaciones, sin poder articular los grandes problemas nacionales; lo étnico indígena, lo regional, y las clase sociales, como lo señala Issac Sandoval Rodríguez, estas condiciones expresan la crisis múltiples del Estado, y los hechos sucesivos ocurridos en los años 2000 y 2005, han demostrado en evidencia real las diferentes formas de la crisis, del Estado Colonial, la crisis Estado liberal y sus formas de gobierno neoliberales, como este ultimo el hundimiento del segundo gobierno neoliberal de Sánchez de Lozada, como lo señala el ex -constituyente Raúl Prada, la crisis del Estado Moderno, y la crisis del capitalista en un país periférico en Bolivia a implicaba, el derrumbe catastrófico de las formas de existencia del colonialismo y del liberalismo, de la modernidad y el capitalismo, en este realidad se va erosionando y desnudándose la fragilidad de un débil Estado Nacional, y la base de este proceso histórica y políticas, va configurando un nuevo Estado, el nacimiento del Estado Plurinacional y la muerte del Estado nación.
    En ese contexto las tareas refundacionales de la Asamblea Constituyente de crear una nueva república reconociendo, la pre-existencia a la colonia de las culturas andino-amazónicas, naciones y los pueblos indígenas, el derecho a la libre determinación, a su autogobierno y a sus instituciones propias, normadas por sus propios procedimientos, a la gestión territorial, a la gestión ambiental, al beneficio propias de las explotaciones de los recursos naturales, a la lengua, a la cultura, la cosmovisión del mundo andino.
    Las bases de la descolonización señalada en los primeros artículos que; “Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país”, trazan una ruta crítica, rompiendo toda forma de homogeneización, y se abre a un pluralismo de un Estado complejo, que articula diferentes formas de modalidad institucional y gestión, como nueva forma de relación entre Estado y sociedad.
    La estructura y organización territorial del Estado, norma, traza y define un sistema de autonomías que se desarrolla en el espacio.
    Y los procesos de descentralización administrativos y políticos, en la geografía política configura cuatro formas; las formas de autonomía: departamental, regional, municipal e indígena, que tendrán un rango de ley constitucional. Como todo este proceso fue condicionado considerado, en algunos departamentos en un referéndum autonómico. Pero como El sistema autonómico es complejo y compuesto, deberá reconocer las distintas formas de autonomía posibles. Como la autonomía regional, es un proceso de descentralización mayor, incorporando formas locales de gestión, que la hacen más operativa y democrática. La autonomía regional está pensada en la perspectiva de pasar a un nuevo ordenamiento territorial. Esta dimensión autonómica viene conformada por mancomunidades de provincias y de municipios. Como opción a un desarrollo sostenible, de equilibrio del medio ambiente, con participación de la población en la gestión ambiental, como se desprende en el anteproyecto de la Ley marco de Autonomías y descentralización. Que configura un espacio, descentralizado y autónomo, en La Estructura y Organización Territorial del Estado.

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  48. SIGAN ADELANTE LA FORMACION ES MUY IMPORTANTE PARA LOS ABOGADOS, FELICITACIONES MARTIN LUIS

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  49. Rosario Margarita Arana Estrada:
    Le escribe Abraham Omonte Rivero, amigo de Lourdes Bizarroque, no sé si me recuerda, nos conocimos hace más de 10 años. Le cuento que ahora vivo en Ecuador, y vengo trabajando en un proyecto sobre justicia indígena, me gustaría conocer sus puntos de vista y comentarios sobre el tema de la trascendencia de la justicia comunitaria en el derecho positivo. Ojalá pueda leer este comentario o alguien le indique por favor sobre mi requerimiento. Mi correo electrónico es tesisnet@hotmail.com, y si me dejara su número de celular, con gusto la llamaría, pues necesito conocer su parecer sobre este tema. Gracias por su atención.

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